Artículo 55 LFPIORPI 2025: la “segunda oportunidad” que puede salvarte de multas… si actúas antes del primer golpe

31 dic 2025

En cumplimiento PLD hay una regla no escrita: las multas no llegan cuando estás ocupado; llegan cuando estás confiado.
Por eso el Artículo 55 de la LFPIORPI se volvió uno de los temas más buscados por responsables de Actividades Vulnerables, asesores y áreas legales: porque ofrece una ventana real de regularización (la famosa “segunda oportunidad”) que puede evitar sanciones —pero solo si la usas con estrategia, evidencia y buen timing.

La reforma publicada el 16 de julio de 2025 (DOF) entró en vigor, en general, el 17 de julio de 2025, con las excepciones señaladas en el propio decreto. EY+1 Y dentro de esa reforma, el Artículo 55 quedó con dos beneficios muy claros: (1) abstención de sanción por única ocasión y (2) reducción de hasta 50% si ya “gastaste” el primero. Cámara de Diputados

1) ¿Qué dice el Artículo 55 reformado (y qué cambió en la práctica)?

El texto reformado establece que la Secretaría se abstendrá de sancionar por única ocasión el total de las infracciones en que incurra el infractor, siempre que:

  • Cumpla de manera espontánea con las obligaciones respectivas,

  • Antes de que inicien las facultades de verificación de la autoridad, y

  • Reconozca expresamente la falta dentro del plazo inicial del procedimiento de verificación. Cámara de Diputados

Y agrega un segundo “plan B”:

  • Si el sujeto obligado ya ejerció esa abstención “por única ocasión”, la Secretaría reducirá hasta en 50% las multas de las infracciones que se regularicen espontáneamente y previo al inicio de verificación, siempre que el infractor reconozca la falta dentro del plazo inicial del procedimiento sancionador. Cámara de Diputados

La idea de fondo: el sistema premia la autocorrección comprobable antes de que te estén tocando la puerta.

2) “Espontáneo” en PLD: ¿mito o realidad?

El SAT ya había aclarado, desde hace años, su criterio operativo: el beneficio procede cuando el sujeto obligado reconoce expresamente la falta y cumple la obligación infringida de manera espontánea y previa a las facultades de verificación. SAT México+1

La reforma 2025 no elimina esa lógica; la vuelve más “usables” con dos mecanismos: perdón total una vez + descuento posterior si ya usaste el primero. Cámara de Diputados

3) ¿Quién puede usar el Artículo 55?

En términos prácticos, quienes realizan Actividades Vulnerables y operan en el SPPLD (Portal PLD del SAT), integrando expedientes, presentando avisos y cumpliendo obligaciones asociadas. SPPLD+1

Si tu operación está en este mundo (inmobiliario, joyería, autos, arte, blindaje, notarios/corredores en supuestos aplicables, etc.), el Art. 55 te interesa porque los incumplimientos típicos que detonan multas suelen ser:

  • Avisos extemporáneos o con errores,

  • Expedientes incompletos o sin actualización,

  • Documentación no disponible cuando la autoridad la solicita,

  • Fallas de controles internos/seguimiento (sí: “se me pasó” también cuenta). Cámara de Diputados

4) La línea roja: ¿cuándo ya NO aplica?

El propio Artículo 55 condiciona todo a que la regularización sea previa al inicio de las facultades de verificación. Cámara de Diputados

En español empresarial:

  • Si ya recibiste una visita de verificación o un requerimiento que marque el inicio de facultades, llegaste tarde para llamarlo “espontáneo”.

  • Si ya estás dentro de un procedimiento, el beneficio depende de cuándo reconoces y regularizas (por eso el artículo habla del “plazo inicial” del procedimiento de verificación o del sancionador). Cámara de Diputados

5) Guía práctica: cómo usar el Artículo 55 sin improvisar

Paso 1: Detecta la falta con mentalidad de auditoría

Hazte dos preguntas simples:

  1. ¿Qué obligación se incumplió? (aviso, expediente, alta/registro, información, etc.)

  2. ¿Qué evidencia puedo mostrar de que ya quedó subsanado?

Si no puedes probarlo, no está subsanado.

Paso 2: Regulariza primero (sí, primero)

El Art. 55 exige cumplir las obligaciones respectivas de manera espontánea. Cámara de Diputados
Ejemplo: si fue un aviso no presentado, preséntalo; si fue información incompleta, intégrala; si fue un error de captura, corrígelo conforme a los flujos del SPPLD.

Paso 3: Reconoce expresamente la falta (y documenta el “por qué”)

El criterio del SAT históricamente ha sido claro: debe existir reconocimiento expreso de la falta y cumplimiento previo a verificación. SAT México+1
La reforma añade el elemento temporal: hacerlo dentro del plazo inicial del procedimiento que corresponda. Cámara de Diputados

En términos de buenas prácticas, tu escrito/expediente interno debe incluir:

  • Hecho (qué pasó),

  • Obligación (qué norma/obligación se vulneró),

  • Corrección (cómo se subsanó),

  • Evidencia (folios, capturas, acuses),

  • Compromiso de control (qué cambiaste para que no se repita).

Paso 4: “Paquete de evidencia” listo para revisión

Aunque tu regularización sea correcta, lo que te salva en la realidad es poder entregar evidencia rápido. Aquí es donde un software PLD hace diferencia frente a Excel: bitácoras, acuses, control de versiones y alertas para no volver a caer en lo mismo (sobre todo con avisos y umbrales).

6) Casos típicos donde el Artículo 55 sí suele ser relevante

  • Avisos extemporáneos (se presentó después del plazo): la LFPIORPI prevé sanciones y distingue supuestos por tiempo; la reforma también detalla reglas de sanción por extemporaneidad. Cámara de Diputados

  • Expediente KYC incompleto: faltó un documento, no se actualizó, o no está trazable.

  • Controles internos débiles: cuando la falla real no es “una persona”, sino un proceso sin recordatorios, sin checklists y sin seguimiento.

7) La estrategia inteligente: convertir el Artículo 55 en “último recurso”, no en plan operativo

El Artículo 55 no es un incentivo para relajarse: es un salvavidas. Y como todo salvavidas, se usa pocas veces.

La forma madura de aprovecharlo es construir un sistema donde la “segunda oportunidad” casi no sea necesaria:

  • Calendario de obligaciones y vencimientos,

  • Matriz de riesgo y segmentación (para priorizar lo que más duele),

  • Evidencia centralizada,

  • Re-screenings/actualizaciones programadas,

  • Control de cambios (quién hizo qué, cuándo y por qué).

Eso se vuelve mucho más fácil cuando tu cumplimiento no vive en carpetas sueltas, sino en un software PLD diseñado para LFPIORPI, SPPLD, KYC y auditoría (justo el tipo de problema que herramientas como Artu.ai buscan resolver, sin convertir el cumplimiento en freno comercial).

8) Checklist express: ¿estás a tiempo de usar la “segunda oportunidad”?

Si hoy descubres una falta, revisa:

  • ✅ ¿Todavía no inició verificación/requerimiento?

  • ✅ ¿Puedo subsanar hoy mismo y obtener acuse/evidencia?

  • ✅ ¿Puedo reconocer la falta por escrito y explicar la corrección?

  • ✅ ¿Tengo trazabilidad (folios, capturas, bitácora)?

Si respondes “sí” a las cuatro, el Artículo 55 puede ser tu salida más limpia. Cámara de Diputados+1

Cierre: el Artículo 55 no premia la suerte, premia el control

La reforma 2025 dejó un mensaje muy claro: cumple… pero si fallas, corrige rápido, reconoce y demuestra.
El Artículo 55 es una segunda oportunidad real, pero solo sirve a quien tiene lo más valioso en compliance: evidencia, timing y proceso. Cámara de Diputados

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