Software PLD · LFPIORPI · México

Software PLD para Actividades Vulnerables en México

La única plataforma especializada en las 17 actividades vulnerables del Art. 17 LFPIORPI. Automatiza identificación de clientes, beneficiario controlador, umbrales en UMA, avisos al SAT vía SPPLD y las 13 obligaciones del Art. 18. Implementación en 2 semanas.

✓ Las 17 actividades vulnerables ✓ Avisos SPPLD automáticos ✓ Expediente digital 10 años ✓ Dictamen de auditoría

El cumplimiento PLD que la LFPIORPI exige, sin que tu equipo viva en Excel

La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) impone obligaciones específicas a quien realiza alguna de las 17 actividades vulnerables definidas en su Art. 17: inmobiliarias, joyerías, vehículos, fe pública, donativos, comercio exterior, activos virtuales, entre otras. La reforma publicada en el DOF el 16 de julio de 2025 elevó significativamente el costo operativo del cumplimiento: enfoque basado en riesgos, manual de políticas internas, capacitación anual con evidencia auditable, monitoreo automatizado, auditoría interna o externa, e identificación reforzada de Personas Políticamente Expuestas.

Artu es el software PLD para actividades vulnerables diseñado desde cero alrededor de estas obligaciones. No es una herramienta AML genérica adaptada al mercado mexicano: es la única plataforma especializada en LFPIORPI, con módulos por actividad, generación de avisos al SAT en el formato oficial del SPPLD, y un expediente digital listo para resistir una visita de verificación.

Las 17 actividades vulnerables del Art. 17 LFPIORPI (umbrales 2026)

Si tu empresa realiza alguna de estas actividades de forma habitual o profesional, eres sujeto obligado bajo la LFPIORPI. Estos son los umbrales actualizados con la UMA 2026 ($117.31 MXN diaria). Para cada una, Artu incluye un módulo específico con la lógica de umbrales, alta en SPPLD, identificación y avisos correspondiente.

Actividad Quiénes Identificación Aviso al SAT
Juegos con apuesta, concursos y sorteosCasinos, lotería, bingo, apuestas, sorteos con premios325 UMA645 UMA
Tarjetas de servicios, crédito, prepagadasEmisores no bancarios, monederos, gift cards, vales805 UMA gasto mensual1,285 UMA
Cheques de viajeroCasas de cambio no bancarias, agencias de viajes645 UMA
Préstamos, mutuos y créditos no bancariosPrestamistas privados, SOFOMes ENR, fintech P2P1,605 UMA
Construcción, desarrollo e intermediación inmobiliariaDesarrolladoras, constructoras, brokers, agentes8,025 UMA
Recepción de recursos para desarrollo inmobiliarioCrowdfunding inmobiliario, fideicomisos no bursátiles8,025 UMA
Metales preciosos, piedras preciosas, joyas y relojesJoyerías, casas de empeño, gemólogos, relojerías805 UMA1,605 UMA
Obras de arteGalerías, casas de subastas, marchantes, ferias2,410 UMA4,815 UMA
Vehículos (aéreos, marítimos, terrestres)Agencias automotrices, aeronaves, brokers náuticos3,210 UMA6,420 UMA
Blindaje de vehículos e inmueblesEmpresas certificadas de blindaje balístico2,410 UMA4,815 UMA
Traslado y custodia de valoresEmpresas tipo Panamericano, SEPSA, bóvedas privadas3,210 UMA*
Servicios profesionales independientesAbogados, contadores, asesores patrimonialesSi ejecuta operaciones financieras del cliente
Fe públicaNotarios y corredores públicosVaría por actoVaría por acto
DonativosAsociaciones y sociedades sin fines de lucro1,605 UMA3,210 UMA
Comercio exteriorAgentes y apoderados aduanales, agenciasVaría por mercancíaSiempre (mercancías sensibles)
Arrendamiento (uso o goce de inmuebles)Property managers, plazas comerciales, oficinas1,605 UMA mensual3,210 UMA mensual
Activos virtuales (criptomonedas)Exchanges, custodios, P2P, kiosks, VASPs210 UMA

*Para traslado de valores el aviso aplica también cuando no es posible determinar el monto trasladado. Aplica acumulación a 6 meses por persona y tipo de operación. Consulta la calculadora de riesgo para estimar tu exposición exacta.

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Las 13 obligaciones del Art. 18 LFPIORPI (reforma 2025)

El Art. 18 enlista las obligaciones que todo sujeto obligado debe cumplir mensualmente. La reforma del 16 de julio de 2025 agregó cinco obligaciones nuevas (fracciones VII a XI) que cambian sustancialmente el costo operativo del cumplimiento.

I Identificar al cliente

Verificar identidad de Cliente o Usuaria con documentos oficiales y recabar copia, conforme a las Reglas de Carácter General de la Secretaría.

II Información de actividad u ocupación

En relaciones de negocios, solicitar información sobre la actividad u ocupación con base en avisos de inscripción al RFC.

III Beneficiario controlador

Identificar al beneficiario controlador (equiparado a propietario real) cuando el Cliente es persona moral, fideicomiso u otra figura jurídica.

IV Conservar documentación 10 años

Custodiar y resguardar información y documentación soporte por al menos 10 años, en el domicilio registrado, en forma física o electrónica.

IV Bis Alta y registro en padrón SAT

Realizar alta, modificación o baja del Padrón de personas que realizan Actividades Vulnerables a través del portal del SAT.

V Facilitar visitas de verificación

Brindar facilidades para que el SAT realice las visitas de verificación conforme a Ley, Reglamento y reglas.

VI Presentar avisos al SAT

Generar y enviar avisos vía SPPLD a más tardar el día 17 del mes siguiente. Sospechas: aviso dentro de 24 horas, incluso si la operación no se concretó.

VII Evaluación basada en riesgos NUEVA

Llevar a cabo una evaluación con enfoque basado en riesgos que permita identificar, analizar, entender y mitigar los riesgos propios y de los clientes.

VIII Manual de políticas internas NUEVA

Elaborar y observar un manual de políticas internas con criterios, medidas y procedimientos, incluida la identificación de PEPs.

IX Capacitación anual NUEVA

Desarrollar procesos de selección de personal y adoptar programas de capacitación anual para órgano de administración, directivos y personas con relación directa con clientes.

X Monitoreo automatizado NUEVA

Contar con mecanismos automatizados de monitoreo permanente para identificar operaciones fuera del perfil transaccional o que deban acumularse según la regla de 6 meses.

XI Auditoría y dictamen NUEVA

Auditoría interna (riesgo bajo/medio) o externa independiente (riesgo alto) para evaluar y dictaminar en un año calendario la efectividad del cumplimiento.

+ Representante de Cumplimiento

Las personas morales designan ante la Secretaría a una Representante Encargada del Cumplimiento (Art. 20), con capacitación anual obligatoria.

Cómo Artu automatiza estas 13 obligaciones

Cada módulo de Artu cubre directamente una o varias obligaciones del Art. 18. El usuario promedio dedica 5 minutos al mes a la plataforma para mantener su empresa compliant; el resto lo hace el motor.

KYC / KYB automatizado

Identificación de cliente con validación de INE/RFC, captura biométrica opcional, y expediente digital indexado. Cumple Art. 18 fr. I y II.

Ver guía KYC →

Beneficiario controlador

Captura de estructura de propiedad para personas morales, fideicomisos y vehículos corporativos. Identifica al BC equiparado a propietario real (reforma 2025). Cumple Art. 18 fr. III.

Ver guía BC →

Matriz de riesgo dinámica

Score por cliente que pondera sector, geografía, PEP, producto y patrón transaccional. Se recalcula con cada operación. Cumple Art. 18 fr. VII (evaluación basada en riesgos).

Ver guía Matriz →

Umbrales UMA y acumulación 6 meses

Calcula automáticamente cuándo se cruza el umbral de identificación o aviso, aplicando la regla de acumulación a 6 meses por persona y tipo de operación.

Ver fraccionamiento →

Avisos al SAT (SPPLD)

Genera los avisos en el formato XML oficial del SPPLD, los envía y conserva acuse. Avisos mensuales del día 17 y avisos de 24 horas por sospecha. Cumple Art. 18 fr. VI.

Ver avisos 24h →

Listas de personas bloqueadas (UIF) y PEP

Screening continuo contra listas UIF, OFAC, ONU y bases PEP. Alertas en tiempo real cuando un cliente entra a una lista. Cumple Art. 18 fr. VIII (PEP).

Ver guía PEP →

Manual de Políticas Internas

Genera y mantiene actualizado un manual con tu metodología de matriz, umbrales aplicados, criterios PEP, plazos y responsables. Cumple Art. 18 fr. VIII.

Ver manual →

Capacitación anual con evidencia

Curso de capacitación incluido para tu Representante de Cumplimiento y empleados con relación directa con clientes. Cumple Art. 18 fr. IX.

Ver curso →

Monitoreo permanente

Motor que vigila el perfil transaccional de cada cliente 24/7. Detecta operaciones inconsistentes y aplica seguimiento intensificado a PEPs y alto riesgo. Cumple Art. 18 fr. X.

Ver tipologías UIF →

Auditoría y dictamen

Bitácora completa, dictamen anual y plan de remediación de hallazgos. Soporta auditoría interna (riesgo bajo/medio) o externa (riesgo alto). Cumple Art. 18 fr. XI.

Ver auditoría →

Expediente digital auditable

Cada decisión, cada cambio, cada documento se conserva por 10 años con sello de tiempo. Listo para resistir una visita de verificación del SAT. Cumple Art. 18 fr. IV.

Ver expediente →

Padrón SAT y e.firma

Apoyo para alta, modificación y baja en el Padrón de Actividades Vulnerables, incluida la integración con e.firma vigente. Cumple Art. 18 fr. IV Bis.

Ver alta SAT →

Multas por incumplimiento (Capítulo VII LFPIORPI)

El costo de no cumplir crece con la reforma 2025. El Art. 54 establece tres rangos según la fracción incumplida. Tomando la UMA 2026 ($117.31 MXN diarios), los rangos en pesos quedan así:

Rangos de multa aplicables

Art. 53 fr. I–IV
Incumplir requerimientos, Art. 18, avisos en tiempo o sin requisitos
200 a 2,000 UMAs
$23,462 a $234,620 MXN
Art. 53 fr. V
Incumplimientos de Arts. 33, 33 Bis y 33 Ter (beneficiario controlador societario)
2,000 a 10,000 UMAs
$234,620 a $1,173,100 MXN
Art. 53 fr. VI–VII
Omitir avisos del Art. 17 o usar efectivo prohibido del Art. 32
10,000 a 65,000 UMAs
$1,173,100 a $7,625,150 MXN
o 10% al 100% del valor del acto, lo que resulte mayor

El Art. 55 LFPIORPI establece un mecanismo de corrección espontánea: si reconoces y subsanas el incumplimiento antes del inicio de las facultades de verificación, la Secretaría puede abstenerse de sancionar por única ocasión o reducir hasta el 50% del monto en infracciones posteriores. Por eso un software que genere bitácora auditable es la diferencia entre una multa de $7M y cero.

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Por qué Artu vs. proceso manual o software AML genérico

Artu vs. Excel + carpetas

El error humano en compliance manual ronda el 30% a 55% de avisos incorrectos y 10% a 15% de avisos no presentados según los expedientes que vemos en onboarding. Una sola omisión puede costar más que un año de subscripción a Artu.

Artu vs. AML global (World-Check, ComplyAdvantage, LexisNexis)

Las suites globales son potentes en screening y monitoreo internacional, pero no están diseñadas para actividades vulnerables mexicanas. No generan avisos en el formato XML del SPPLD, no traen módulos por fracción del Art. 17, no cubren UMAs, ni el padrón del SAT. Artu se complementa con estas capas cuando hay operación internacional, pero como cumplimiento LFPIORPI nativo no son comparables.

Artu vs. otros softwares PLD mexicanos

El diferenciador es el alcance: la mayoría de plataformas locales cubren KYC y avisos básicos. Artu cubre las 13 obligaciones del Art. 18 (incluida la reforma 2025), las 17 actividades vulnerables, el dictamen anual, y el módulo de Representante de Cumplimiento. Implementación 2 semanas; usuario promedio dedica 5 minutos/mes; cumplimiento 360°.

Preguntas frecuentes

¿Qué es un software PLD para actividades vulnerables?
Es una plataforma que automatiza las 13 obligaciones del Art. 18 LFPIORPI: identificación de cliente (KYC), beneficiario controlador, monitoreo de umbrales en UMA, generación y envío de avisos al SAT vía SPPLD, conservación de expedientes 10 años, capacitación anual y dictamen de auditoría. A diferencia de un AML genérico, está diseñado específicamente para las 17 actividades vulnerables del Art. 17 LFPIORPI en México.
¿Mi empresa es actividad vulnerable?
Revisa la tabla arriba con las 17 actividades del Art. 17 LFPIORPI. Si tu empresa realiza alguna de ellas de manera habitual o profesional, sí eres sujeto obligado. Si no estás seguro, agenda 30 minutos con nuestro equipo: revisamos tu modelo de negocio y te decimos.
¿Cuánto cuesta el incumplimiento de la LFPIORPI?
El Art. 54 establece tres rangos. Las multas más graves (omitir un aviso o cobrar en efectivo prohibido por el Art. 32) llegan a $7.6 millones MXN o el 100% del valor del acto, lo que resulte mayor. Las formales del Art. 18 van de $23K a $234K MXN por incumplimiento. Cada cliente con KYC incompleto o cada aviso omitido es una infracción independiente. La calculadora de riesgo te da el número exacto para tu caso.
¿Cuánto tarda implementar Artu?
2 semanas en promedio. Incluye: configuración del módulo de tu actividad vulnerable, alta en el Padrón del SAT, integración con tu CRM o ERP si aplica, captura del expediente actual de clientes, y capacitación del equipo de cumplimiento (tu Representante de Cumplimiento + personas con relación directa con clientes).
¿El software cubre la reforma del 16 de julio de 2025?
Sí. Las cinco obligaciones nuevas (fracciones VII a XI del Art. 18: evaluación basada en riesgos, manual de políticas, capacitación anual, monitoreo automatizado, y auditoría) están cubiertas. También: el beneficiario controlador equiparado a propietario real, identificación reforzada de PEPs, avisos de 24 horas por sospecha, y conservación 10 años (antes era 5).
¿Genera avisos para el SPPLD?
Sí, en el formato XML oficial del Sistema del Portal de Prevención de Lavado de Dinero (SPPLD). El sistema genera el aviso, lo envía, conserva acuse y lo asocia al expediente del cliente. Soporta avisos mensuales (día 17 del mes siguiente) y avisos de 24 horas por sospecha del Art. 18 fr. VI.
¿Qué pasa si la operación se hizo en otro proveedor o me dicen que cumplo ya?
El Art. 18 fr. IV exige conservar la información y documentación durante 10 años incluso si terminas la relación con un proveedor o cliente. Artu importa expedientes históricos en el onboarding y los pone en formato auditable. Si crees que ya cumples, te ofrecemos una auditoría gratuita de 30 minutos donde revisamos un cliente al azar de tu cartera contra el estándar reformado.
¿Qué pasa cuando me audita el SAT?
El SAT puede solicitar información, documentación, datos e imágenes con plazos breves. Con Artu, exportar el expediente completo de cualquier cliente toma 1 click: identificación, BC, score de riesgo, historial de operaciones, avisos enviados, acuses, bitácora de quién cambió qué y cuándo. La guía de visitas de verificación detalla el flujo.

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